Vicio del consentimiento

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Una propuesta para reformar el régimen de protección al pequeño inversor

28 de mayo de 2015 Noticias Premio La Ley

Alejandro Fernández de Araoz, último ganador del Premio La Ley, que se entrega hoy en Madrid, reflexiona en su trabajo sobre la necesidad de replantear el régimen jurídico de la contratación mobiliaria en España, de forma que se puedan discernir con claridad los casos en los que la reclamación del inversor mal asesorado o maltratado por la entidad está justificada, de aquellos casos en los que inversores oportunistas pretendan que sea el banco quien pague los platos rotos de una mala operación.

Firmar un contrato sin haberlo leído o haberse asesorado sobre el mismo, es contrario a la diligencia de un ordenado empresario

13 de octubre de 2014 Jurisprudencia Error invencible

Firmar un documento contractual sin comprender su contenido o sin leerlo es una omisión de la diligencia mínima de un ordenado empresario, porque, si bien un administrador de sociedad mercantil no está obligado a ser omnisciente, sabe que en aquello que no conoce de modo suficiente puede y debe pedir el asesoramiento preciso. De no hacerlo así, no puede pretenderse la nulidad del contrato con base en un vicio del consentimiento.

Firmar un contrato sin haberlo leído o haberse asesorado sobre el mismo, es contrario a la diligencia de un ordenado empresario

13 de octubre de 2014 Jurisprudencia Error invencible

Firmar un documento contractual sin comprender su contenido o sin leerlo es una omisión de la diligencia mínima de un ordenado empresario, porque, si bien un administrador de sociedad mercantil no está obligado a ser omnisciente, sabe que en aquello que no conoce de modo suficiente puede y debe pedir el asesoramiento preciso. De no hacerlo así, no puede pretenderse la nulidad del contrato con base en un vicio del consentimiento.

Firmar un contrato sin haberlo leído o haberse asesorado sobre el mismo, es contrario a la diligencia de un ordenado empresario

13 de octubre de 2014 Jurisprudencia Error invencible

Firmar un documento contractual sin comprender su contenido o sin leerlo es una omisión de la diligencia mínima de un ordenado empresario, porque, si bien un administrador de sociedad mercantil no está obligado a ser omnisciente, sabe que en aquello que no conoce de modo suficiente puede y debe pedir el asesoramiento preciso. De no hacerlo así, no puede pretenderse la nulidad del contrato con base en un vicio del consentimiento.

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